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Los aumentos en las cuotas de las empresas de medicina prepaga se han vuelto uno de los temas más controversiales desde la desregulación implementada por el Decreto 70/2023 publicado el 21 de diciembre. Recientemente, la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná declaró la inconstitucionalidad del decreto 70/2023 en varios artículos de esta norma, en particular los artículos 267 y 269, obligando a OSDE a revertir los aumentos en las cuotas que aplicó desde enero.
El Decreto 70/2023 desreguló una serie de normativas en el sector salud, permitiendo a las empresas de medicina prepaga establecer libremente sus precios. Sin embargo, este cambio legislativo ha generado importantes cuestionamientos. Gabriel Oriolo, Superintendente de Servicios de Salud (SSS), restó importancia a la decisión judicial al aclarar que el Estado no es parte en el proceso y que, por lo tanto, la resolución no afectaría a todos los afiliados, sino únicamente al caso particular.
El juicio fue presentado por un particular y la Asociación de Defensa de los Derechos de los Usuarios y Consumidores (Adduc), quienes argumentaron que los aumentos no se ajustaban a la Constitución. La Cámara Federal dio la razón a los demandantes, y su fallo implica que la regulación previa de la cuota debe mantenerse.
La resolución planteó una serie de interrogantes para los afiliados. La Cámara devolvió a la SSS la autoridad para autorizar y revisar los valores de las cuotas, lo que significa que las empresas de medicina prepaga como OSDE deberán ajustar sus precios nuevamente, tomando en cuenta los parámetros definidos por la ley 26.682.
Sin embargo, el cumplimiento de la sentencia enfrenta desafíos, ya que el Estado nacional no fue parte en el juicio, lo que podría complicar la implementación de la medida. En caso de que OSDE decida acatar el fallo, tendría que solicitar a la SSS que retome su anterior jurisdicción, un proceso que no puede ser gestionado por una parte demandada, sino solo por la Justicia.
Los abogados de OSDE probablemente recurrirán a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario. Solo si el expediente es aceptado se podrá decidir sobre el fondo del asunto. La incertidumbre prevalece, ya que se desconoce qué tipo de actualización se aplicará y si la SSS mantendrá el sistema actual, ajustando las cuotas según los costos de las empresas.
El caso se torna complejo no solo por las implicaciones legales, sino también por el efecto directo en los 1400 afiliados representados por la asociación demandante. La situación actual exige atención y seguimiento, ya que los posibles cambios en la regulación de las cuotas impactarán a numerosos usuarios del sistema de medicina prepaga en el país.
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